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Abogado de lesiones de los derechos de los niños de California
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Los casos de lesiones en los que están implicados niños constituyen un subgrupo específico del Derecho. Familias y abogados saben que, muchas veces, ningun cheque de pago podria ser lo suficientemente grande para justificar el dolor que su hijo experimenta. Las consecuencias financieras y emocionales que las familias deben enfrentar después de una lesión infantil son severas-y es solo una razón por la cual el equipo de Gomez Trial Attorneys busca apoyar a padres y familias en la búsqueda de justicia.
GOMEZ TRIAL ATTORNEYS: AYUDAMOS A LOS NIÑOS
En Gomez Trial Attorneys, entendemos la posición en la que se encuentran los padres de niños lesionados. Es una que no envidiamos, pero que nos apasiona ayudar a nuestros clientes a conquistar. Buscamos empoderar a las familias con las que nos asociamos para traer verdadera justicia a sus casos.
Índice
LAS RECLAMACIONES POR LESIONES DE MENORES SE REGULAN SEGÚN NORMAS DIFERENTES
Un menor no puede interponer una demanda. Además, el plazo de prescripción de las reclamaciones de un menor no es el mismo que el de un adulto. Hay tres diferencias que son más importantes que cualquier otra y que determinan el resultado de muchos casos antes incluso de que se analicen los hechos.
EL PLAZO SUELE SER MÁS LARGO
En California, el plazo de prescripción queda suspendido mientras la persona es menor de edad. En el caso de una reclamación por lesiones ordinarias con un plazo de dos años, eso suele significar que el plazo comienza a los 18 años y se extiende hasta aproximadamente los 20. No todas las reclamaciones funcionan así. Algunas se rigen por sus propios plazos más cortos, que la condición de menor no suspende, por lo que conviene confirmar cuál es el plazo aplicable en lugar de dar por sentado que se aplica el más largo. Que el plazo sea más largo no significa que sea seguro. Las pruebas, los testigos y las grabaciones de videovigilancia desaparecen mucho antes de que venza el plazo.
ES UN PADRE O UNA MADRE QUIEN PRESENTA LA DEMANDA, PERO NO DE FORMA AUTOMÁTICA
Un padre, madre o tutor solicita al tribunal que se le nombre tutor ad litem, es decir, la persona autorizada para presentar la demanda en nombre del menor. Se trata de un trámite habitual. También es un paso cuya existencia sorprende a muchas personas.
CUALQUIER ACUERDO DEBE SER APROBADO POR UN TRIBUNAL
En California, cualquier acuerdo que afecte a un menor debe contar con la aprobación judicial, mediante un procedimiento que suele denominarse «acuerdo de menor». Un juez revisa el importe, los honorarios y la forma en que se gestiona el dinero, y los fondos suelen depositarse en una cuenta bloqueada hasta que el menor cumpla 18 años. Esa revisión protege al menor. No supone un obstáculo para la resolución del caso.
LAS BICICLETAS ELÉCTRICAS SON AHORA UNA DE LAS PRINCIPALES CAUSAS DE LESIONES EN LOS NIÑOS DE CALIFORNIA
La causa de lesiones graves entre los niños de California que más rápido ha crecido ha surgido en los últimos cinco años, y las cifras no tienen comparación. Un estudio de la Universidad de California en San Diego, publicado en la revista *Trauma Surgery and Acute Care Open* el 17 de julio de 2026, analizó los registros de accidentes de todo el estado entre 2018 y 2024. Se constataron 4.035 colisiones con bicicletas eléctricas en ese periodo, pasando de dos en 2018 a 1.506 en 2024. Por su parte, los accidentes con bicicletas tradicionales disminuyeron.
Los niños son los más afectados. Entre los usuarios de bicicletas eléctricas que resultaron heridos, el 15,6 % tenía 14 años o menos, frente al 10,2 % en el caso de las bicicletas tradicionales; además, el estudio reveló que las lesiones eran más graves y que el uso del casco era escaso. El autor principal, un residente de cirugía de la Universidad de California en San Diego, describió el número de niños heridos como el hallazgo más preocupante del estudio.
En este caso, hay dos normas de California que se aplican de forma efectiva. Las personas menores de 16 años no pueden conducir en absoluto una bicicleta eléctrica de clase 3, y todos los usuarios de este tipo de bicicletas deben llevar casco, independientemente de su edad. Los menores de 18 años deben llevar casco en cualquier tipo de bicicleta. Cuando un comerciante vende una bicicleta de clase 3 a un joven de 14 años, o cuando el padre de un amigo le cede una, esas normas se convierten en el criterio con el que se evalúa dicha conducta.
Los incendios de baterías son el segundo riesgo de las bicicletas eléctricas. La ley SB 1271 de California exige que las bicicletas eléctricas, las baterías y los sistemas de carga vendidos como nuevos en el estado cuenten con la certificación de normas de seguridad reconocidas, y que el laboratorio de certificación y ensayo figure en el producto. Estos requisitos entraron en vigor el 1 de enero de 2026. Un incendio de batería que cause lesiones a un menor se ajusta ahora a un claro criterio legal, y se puede presentar una reclamación contra el fabricante, el importador y el minorista en virtud de la responsabilidad por productos defectuosos de California.
DÓNDE SUFREN LESIONES LOS NIÑOS DE CALIFORNIA
La mayoría de las reclamaciones por lesiones infantiles se producen en cinco entornos distintos. Cada uno de ellos tiene sus propios registros y su propia aseguradora. Las pruebas se pierden de forma diferente en cada uno de ellos.
GUARDERÍAS Y CUIDADO INFANTIL
Supervisión insuficiente. Equipamiento peligroso, medicamentos sin proteger, líquidos calientes y lesiones que el centro no comunicó a los padres el mismo día. Los centros autorizados son objeto de inspecciones, y es posible consultar los registros de inspecciones y reclamaciones en la agencia estatal encargada de la concesión de licencias.
COLEGIOS Y TRANSPORTE ESCOLAR
Caídas en los patios de recreo y zonas sin vigilancia. Lesiones deportivas en las que no se gestionó el riesgo, zonas de parada de autobuses, excursiones fuera del recinto escolar. Las reclamaciones contra un distrito escolar público se tramitan a través del proceso de reclamaciones de la Administración que se describe a continuación.
PARQUES INFANTILES Y PISCINAS
Superficies en mal estado. Equipamiento roto o que no cumple la normativa, y piscinas sin las vallas y barreras exigidas por California. Los casos de ahogamiento dependen del estado físico de la propiedad, que cambia rápidamente en cuanto se prevé una reclamación.
PRODUCTOS DEFECTUOSOS
Sillas de coche, cunas, literas, cascos, juguetes, pilas, bicicletas eléctricas. En California se aplica una normativa estricta en materia de responsabilidad por productos defectuosos, por lo que lo que importa es si el producto era defectuoso y causó la lesión, y no si el fabricante tenía buenas intenciones. Guarda todo: el producto, el embalaje y los números de modelo y de lote.
VEHÍCULOS Y PASOS DE PEATONES
Niños peatones y ciclistas atropellados cerca de colegios. Estas reclamaciones suelen implicar tanto a un conductor como, cuando la visibilidad o el diseño del paso de peatones han contribuido al accidente, a una entidad pública.
RECLAMACIONES CONTRA CENTROS EDUCATIVOS Y OTROS ORGANISMOS PÚBLICOS
Si tu reclamación es contra una entidad pública, un distrito escolar, un ayuntamiento o el Estado, el plazo más largo para los menores no te exime de esta obligación. Por lo general, una reclamación por escrito contra la Administración debe presentarse ante dicha entidad en un plazo de seis meses desde la fecha de la lesión, y el hecho de ser menor de edad no detiene por sí solo ese plazo. De esta forma se pierden casos sólidos.
Existe la posibilidad de obtener una prórroga si se incumple el plazo. California permite presentar una reclamación fuera de plazo, por lo general en el plazo de un año, y la ley contiene disposiciones específicas para los demandantes que eran menores de edad durante el periodo de seis meses. La prórroga no es automática y la solicitud tiene su propio plazo límite. Si está implicada una escuela, una instalación del distrito, un programa del condado o una piscina pública, considera que los seis meses son el plazo límite real y busca asesoramiento lo antes posible.
Las reclamaciones por abusos sexuales en la infancia son una excepción. Estas están totalmente exentas del requisito de presentar una reclamación ante la administración pública, y nuestra página sobre abusos sexuales a menores en San Diego trata este tema.
QUÉ INDEMNIZACIÓN PUEDE OBTENER UN MENOR
En un caso de lesiones infantiles, los daños y perjuicios se extienden más en el futuro que en el de un adulto, ya que la lesión tiene más tiempo por delante en el que generará gastos. La asistencia médica ya prestada y la que el niño necesitará durante décadas. La terapia y el tratamiento de salud mental. Los equipos de apoyo, las adaptaciones en el hogar y los cuidados de un asistente cuando la lesión es catastrófica.
La pérdida de capacidad futura para obtener ingresos debe incluirse en la reclamación cuando una lesión limite las posibilidades de un menor en su vida adulta. Los economistas y los especialistas en planificación de cuidados de por vida se encargan de realizar las previsiones al respecto. La parte contraria impugnará dichas previsiones.
Los daños no económicos abarcan el dolor y la pérdida de una infancia normal. Los padres también pueden presentar sus propias reclamaciones en determinadas circunstancias, entre ellas por los gastos médicos que hayan abonado y, en caso de fallecimiento, una reclamación por muerte por negligencia. Los daños punitivos son poco frecuentes. Requieren pruebas claras y convincentes de opresión, fraude o malicia, y no pueden reclamarse en absoluto contra una entidad pública.
QUÉ HACER CUANDO UN NIÑO SUFRE UNA LESIÓN
Primero, la atención; después, el historial. El resto de esta lista trata sobre lo que seguirá existiendo dentro de un año.
Acude al médico y explica cómo ocurrió. El primer informe que se elabore sobre el caso es el que cuenta. Un informe de urgencias que describa con precisión el mecanismo del accidente tiene más valor más adelante que cualquier relato reconstruido a partir de la memoria.
Haz fotos del lugar y del objeto. La superficie del parque infantil, la barandilla rota, la verja de la piscina, la bicicleta, el casco o la ausencia del mismo. Las deficiencias se reparan rápidamente en cuanto alguien denuncia una lesión, y la reparación no constituye una prueba del estado anterior.
Quédate con el producto. No lo devuelvas, no aceptes un producto de sustitución y no tires la caja. Los números de modelo y de lote son los que permiten relacionar una unidad concreta con una campaña de retirada o un defecto.
Solicita el informe del incidente por escrito. Los colegios, las guarderías, los campamentos y los programas juveniles los elaboran. Pide una copia por escrito para que quede constancia de que lo has solicitado.
No firmes nada. Ni declaraciones grabadas, ni exenciones de responsabilidad. Ni para el colegio, ni para un centro, ni para una aseguradora. Una oferta rápida al principio no es un favor.
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LESIONES INFANTILES EN CALIFORNIA
¿DURANTE CUÁNTO TIEMPO PUEDE MI HIJO PRESENTAR UNA RECLAMACIÓN?
Es más largo que en el caso de un adulto, con una gran excepción. En California, el plazo queda suspendido mientras la persona es menor de edad, por lo que una reclamación por lesiones, que normalmente es de dos años, suele prolongarse hasta aproximadamente el vigésimo cumpleaños del menor. No todas las reclamaciones funcionan así. Algunas se rigen por sus propios plazos de prescripción, más cortos, que la condición de menor no suspende. Sin embargo, una reclamación contra una entidad pública sigue exigiendo una solicitud por escrito dirigida a la administración, normalmente en un plazo de seis meses desde la lesión, y ese requisito no se suspende simplemente porque la persona lesionada sea un menor. Existen medidas de protección para las reclamaciones presentadas fuera de plazo y cuentan con disposiciones específicas para los menores. No hagas planes basándote en ello.
¿PUEDO RESOLVER EL CASO DE MI HIJO POR MI CUENTA?
No basta con tu propia firma. Un acuerdo que afecte a un menor requiere la aprobación judicial mediante un acuerdo judicial para menores, y una renuncia firmada por un progenitor sin dicha aprobación puede ser anulada posteriormente. En ocasiones, las aseguradoras ofrecen un pago rápido a cambio de una firma. Esa firma no tiene el efecto que ellos sugieren, y la oferta suele hacerse antes de que nadie sepa cuánto va a costar la lesión.
¿QUIÉN CONTROLA EL DINERO?
El tribunal sí lo hace, hasta que el menor alcance la mayoría de edad. Los fondos procedentes de una indemnización a un menor suelen depositarse en una cuenta bloqueada de la que no se puede retirar dinero sin una orden judicial, y se liberan cuando el menor cumple 18 años. También se recurren a las indemnizaciones estructuradas. El tribunal revisa los honorarios de los abogados en el mismo procedimiento.
¿Y SI MI HIJO TUVIERA PARCIALMENTE LA CULPA?
A los menores se les aplica un criterio diferente al de los adultos. En California se aplica, en todos los casos, el principio de culpa comparativa pura. La conducta de un menor se evalúa en comparación con lo que haría un menor razonable de la misma edad, inteligencia y experiencia, y los niños muy pequeños, por lo general, no son capaces de actuar con negligencia en absoluto. La culpa no es un impedimento. Cuando se atribuye cierta culpa, esta reduce la indemnización, pero no la elimina.
¿CUÁNTO CUESTA UN ABOGADO ESPECIALIZADO EN LESIONES INFANTILES?
No hay que pagar nada por adelantado. Gomez Trial Attorneys gestiona las reclamaciones por lesiones infantiles a comisión, por lo que no se cobra honorario alguno a menos que el caso dé lugar a una indemnización, y cualquier honorario en un caso de menores es revisado por el tribunal. El bufete adelanta los gastos del caso. En el acuerdo de honorarios por escrito se establece si se repercutirá alguno de esos gastos en caso de que no se obtenga indemnización, y lo revisamos contigo antes de que lo firmes.
HABLA CON UN ABOGADO ESPECIALIZADO EN LESIONES INFANTILES DE CALIFORNIA
Una primera conversación útil debe ser temprana y breve. Qué ha ocurrido, qué documentación existe, si hay alguna entidad pública implicada y qué plazo está realmente en vigor. No te compromete a nada. La protección de los derechos de un menor tras una lesión constituye un ámbito de práctica específico, y Gomez Trial Attorneys tramita estas reclamaciones en toda California desde nuestra oficina de San Diego, junto con nuestra labor en materia de lesiones personales y maltrato infantil en San Diego.
Llama al 833-GET-GOMEZ, en inglés o en español. Si ha estado implicada una escuela o un organismo público, llama cuanto antes. Seis meses pasan más rápido de lo que parece.
Esta página contiene información general sobre la legislación de California, no constituye asesoramiento jurídico y su lectura no da lugar a una relación abogado-cliente. No ofrecemos asesoramiento médico.
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