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Abogado especializado en lesiones deportivas en San Diego

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Abogado especializado en lesiones deportivas en San Diego

En California, un equipo juvenil de fútbol americano puede realizar entrenamientos de contacto total durante un máximo de 30 minutos al día, dos veces por semana, y en cada partido debe haber presente un técnico de emergencias médicas, un paramédico o un profesional sanitario de nivel superior. Un equipo de instituto dispone de 90 minutos. Limitaciones como estas regulan el funcionamiento de un programa, lo cual es independiente de los riesgos propios del deporte en sí.

Si tú o tu hijo habéis sufrido una lesión practicando un deporte en San Diego, lo primero que hay que preguntarse es de qué tipo de lesión se trata. Podemos ayudarte a aclararlo. Gomez Trial Attorneys se encarga de casos de lesiones deportivas a comisión, sin cobrar honorarios a menos que ganemos el caso.

Índice

LA PREGUNTA QUE DECIDE LA MAYORÍA DE LOS CASOS DE LESIONES DEPORTIVAS

En California se aplica una norma denominada «asunción primaria del riesgo». Esto significa que nadie está obligado a protegerte de los riesgos inherentes al propio deporte. No puedes demandar a un compañero de equipo por una entrada limpia que te haya fracturado la clavícula.

El Tribunal Supremo de California estableció esta norma en el caso Knight contra Jewett (1992), relativo a un partido informal de fútbol americano sin contacto. Según la sentencia del caso Knight, un jugador solo es responsable de aquellas conductas que «lesionen intencionadamente a otro jugador» o que sean «tan temerarias que se salgan totalmente del ámbito de la actividad habitual propia de ese deporte».

A los responsables de la gestión de este deporte se les aplica un criterio diferente. Los entrenadores e instructores tienen «el deber de no aumentar los riesgos inherentes a la práctica deportiva», según afirmó el Tribunal en el caso Ávila contra Citrus Community College District (2006). El Tribunal también ha señalado, de pasada, que quienes gestionan instalaciones deportivas tienen un deber similar. Ahí es donde se centran muchas de las reclamaciones:

  • Un entrenador que empuja a un deportista sin preparación a hacer algo peligroso.
  • Una liga que permite que un jugador siga jugando tras una posible lesión en la cabeza.
  • Un campo con agujeros, vallas rotas o una portería suelta.
  • Un casco u otro equipo que falle.

LO QUE *ÁVILA* NOS MUESTRA SOBRE EL RIESGO INHERENTE

Ávila se pronunció en contra del deportista lesionado. A un bateador de una escuela de formación profesional le dio en la cabeza un lanzamiento que le rompió el casco. Afirmó que se trataba de un «lanzamiento a la cabeza» deliberado. El Tribunal sostuvo que «recibir un lanzamiento es un riesgo inherente al béisbol», incluso si es a propósito, por lo que la universidad anfitriona no tenía la obligación de evitarlo.

También afirmó que el entrenador de primera base de su propio equipo le dijo que siguiera jugando a pesar de que todavía se sentía mareado. Esas afirmaciones no se presentaron ante el tribunal. En la actualidad, la legislación de California exige que los institutos y las organizaciones deportivas juveniles retiren del juego a cualquier deportista del que se sospeche que pueda haber sufrido una lesión en la cabeza durante el resto de la jornada.

CUÁNDO UN ENTRENADOR PUEDE SER RESPONSABLE

El caso Kahn contra el Distrito Escolar Secundario East Side Union ( 2003) es el caso más relevante de California en materia de entrenadores. Una joven de 14 años, novata en el equipo juvenil de natación, se fracturó el cuello al zambullirse durante un entrenamiento en una piscina de competición poco profunda en una prueba de natación. Afirmó que su entrenador nunca le había enseñado a zambullirse en aguas poco profundas, le había prometido que no tendría que zambullirse y, sin embargo, le dijo minutos antes de la prueba que tenía que hacerlo.

El Tribunal dictaminó que un entrenador solo es responsable de los daños intencionados o de conductas «totalmente ajenas al ámbito de la actividad habitual» que conlleva la enseñanza o el entrenamiento de un deporte. Dar un empujón a un deportista forma parte del trabajo de un entrenador. Sin embargo, el Tribunal señaló que un jurado podría considerar que este entrenador había traspasado ese límite, por lo que devolvió el caso para que se volviera a juzgar.

En un caso relacionado con el entrenamiento, analizamos los registros de entrenamiento, los mensajes de los entrenadores y lo que vieron los compañeros de equipo. Kahn se fijó en detalles como estos.

LEYES DE CALIFORNIA SOBRE SEGURIDAD EN EL DEPORTE JUVENIL

Dos leyes establecen las normas relativas a las conmociones cerebrales. El artículo 49475 del Código de Educación se aplica a los distritos escolares, los colegios concertados y los colegios privados. El artículo 124235 del Código de Salud y Seguridad se aplica a las organizaciones deportivas juveniles, que según la ley incluyen a empresas, organizaciones sin ánimo de lucro y «una entidad pública local» que organice actividades deportivas para menores de 17 años. Quedan incluidas tanto las ligas recreativas municipales como los clubes privados.

Según ambas leyes, un deportista del que se sospeche que sufre una conmoción cerebral o una lesión en la cabeza debe retirarse «durante el resto de la jornada» y no puede volver a jugar sin la autorización por escrito de un profesional sanitario colegiado. Nuestras guías explican cómo funciona el protocolo de conmociones cerebrales y qué ocurre si se juega con una conmoción cerebral.

El fútbol americano de contacto tiene su propia normativa. La Ley de Fútbol Americano Juvenil de California exige que los programas de fútbol americano de contacto para jóvenes cumplan estas medidas desde el 1 de enero de 2021 (artículo 124241 del Código de Salud y Seguridad):

  • No más de dos entrenamientos de contacto completo a la semana, y ninguno fuera de temporada
  • No más de 30 minutos de contacto total en un mismo día
  • Un técnico de emergencias médicas certificado, un paramédico o un profesional sanitario de nivel superior en cada partido
  • Una persona independiente, que no forme parte de la plantilla y que esté certificada en primeros auxilios, RCP, uso del desfibrilador externo automático (DEA) y protocolos de conmoción cerebral en cada centro de entrenamiento
  • Los cascos se reacondicionan y se vuelven a certificar cada dos años, salvo que el fabricante indique lo contrario.
  • Al menos 10 horas de entrenamiento sin contacto al comienzo de cada temporada
  • Certificación anual sobre placajes y bloqueos para entrenadores

El fútbol escolar tiene un límite distinto. Los equipos de secundaria y de primer ciclo de secundaria pueden realizar dos entrenamientos con contacto total a la semana y 90 minutos de contacto total al día (artículo 35179.5 del Código de Educación).

Cada norma deja un rastro. Los registros de entrenamientos, las etiquetas de certificación de los cascos y las listas de personal de los partidos permiten comprobar si una liga ha cumplido la ley.

LAS ESCUELAS PÚBLICAS, LOS CAMPOS MUNICIPALES Y LA RECLAMACIÓN DE SEIS MESES

Muchas lesiones deportivas en San Diego se producen en espacios públicos. Por lo general, las reclamaciones contra una entidad pública deben presentarse por escrito en un plazo de seis meses (artículo 911.2 del Código de Gobierno). La norma que suspende el plazo de prescripción de un menor hasta que cumpla los 18 años no se aplica a estas reclamaciones (artículo 352(b) del Código de Procedimiento Civil).

Existe una cláusula de salvaguardia muy restrictiva. Se puede presentar una solicitud de reclamación tardía en el plazo de un año desde la fecha de la lesión, y la agencia está obligada a aceptarla si la persona lesionada fue menor de edad durante los seis meses completos (artículos 911.4 y 911.6 del Código de Gobierno). No hagas planes basándote en ello.

Los organismos públicos también cuentan con una defensa especial. El artículo 831.7 del Código de Gobierno les protege frente a las lesiones sufridas durante «actividades recreativas peligrosas» en terrenos públicos, y su lista incluye los «deportes de contacto», las carreras ciclistas, el surf y el esquí. Esta protección tiene sus límites:

  • El Tribunal Supremo de California dictaminó en el caso Ávila que «no se aplica a las lesiones sufridas durante la práctica de deportes escolares bajo supervisión».
  • No cubre la falta de medidas de protección o de advertencia ante una situación de peligro conocida, el mantenimiento deficiente de los equipos o las estructuras, ni la negligencia grave.
  • No ampara a una empresa privada ni a una liga que opere en un espacio público (artículo 831.7, letra d)).

Los equipos escolares también están sujetos a una normativa en materia de seguros. California exige a los distritos escolares que se aseguren de que todos los miembros de un equipo deportivo escolar cuenten con un seguro que cubra los gastos médicos y hospitalarios derivados de una lesión accidental (artículo 32221 del Código de Educación). La propia cobertura sanitaria de la familia puede cumplir este requisito, por lo que conviene preguntar a la escuela con antelación si el equipo está cubierto por una póliza del distrito o del alumnado. En nuestra página sobre responsabilidad civil del Estado encontrarás más información sobre las reclamaciones escolares.

DOS LOCALIDADES DE SAN DIEGO, DOS CONJUNTOS DE NORMAS

Complejo deportivo Morley Field, Parque Balboa. Morley Field es un complejo deportivo de la ciudad de San Diego situado en el 2221 de Morley Field Drive, en la zona noreste del Parque Balboa. Según datos del Ayuntamiento, cuenta con 25 pistas de tenis, la piscina Bud Kearns, una galería de tiro con arco, un campo polivalente y un velódromo. Algunas de estas instalaciones están gestionadas por entidades independientes. Lo mencionamos únicamente como ejemplo de un complejo deportivo municipal, sin pretender insinuar que exista ningún problema en él. Cualquier reclamación sobre el estado de los bienes municipales debe seguir el proceso de reclamación de seis meses establecido por el Ayuntamiento. Cuando una instalación está gestionada por un grupo independiente, este puede compartir la responsabilidad.

Un complejo deportivo juvenil de propiedad municipal situado cerca de Del Mar. Los antiguos terrenos del San Diego Polo Club son propiedad del Ayuntamiento de San Diego, y un operador privado gestiona allí el complejo deportivo juvenil en virtud de un contrato de arrendamiento de 28 años desde 2016, según informó KPBS en 2024. En este caso, una reclamación podría afectar al operador privado, al Ayuntamiento como propietario del terreno o a ambos, cada uno con sus propias normas y plazos.

RENUNCIAS EN LOS DEPORTES RECREATIVOS

La mayoría de los clubes, campamentos y ligas te hacen firmar una exención de responsabilidad. Los tribunales de California suelen hacerlas cumplir, pero no en todos los casos. En el caso «Ciudad de Santa Bárbara contra Tribunal Superior» (2007), relativo a un campamento de verano municipal, el Tribunal Supremo de California dictaminó que una exención de responsabilidad para programas deportivos o recreativos «que pretenda eximir de responsabilidad por negligencia grave futura, por lo general, no es ejecutable». Trae lo que hayas firmado. La redacción exacta es importante.

MATERIAL DEPORTIVO DEFECTUOSO

Si un casco se agrieta o una portería de fútbol se vuelca, la empresa que lo fabricó o lo vendió puede ser responsable. Conserva el material sin reparar. Consulta nuestra página sobre responsabilidad por productos defectuosos en San Diego.

NUESTROS RESULTADOS

El bufete Gomez Trial Attorneys ha conseguido más de 1.000 millones de dólares para sus clientes a lo largo de 20 años. Entre sus logros se incluyen:

  • 1 000 000 de dólares para un cliente que sufrió un traumatismo craneoencefálico tras caerse de un carrito de golf conducido de forma negligente.
  • 3 230 000 dólares para una clienta que sufrió un accidente en su vehículo en un cruce en el que se había retirado la señal de stop. Se fracturó la pelvis y el fémur. El bufete Gomez Trial Attorneys resolvió el caso contra el otro conductor y contra el organismo público responsable de la desaparición de la señal.

En nuestra página de resultados de casos hay más.

Los resultados dependen de las circunstancias de cada caso. Los resultados anteriores no garantizan un desenlace similar.

Para más información sobre lesiones craneales, consulta nuestras estadísticas sobre traumatismos craneoencefálicos en el deporte y nuestra página dedicada a los abogados especializados en lesiones cerebrales de San Diego.

QUÉ HACER TRAS UNA LESIÓN DEPORTIVA

  1. Acude al médico y explícale con detalle cómo se produjo la lesión.
  2. Pide al entrenador, al centro educativo o a las instalaciones una copia de cualquier informe de incidente.
  3. Anota quién era el entrenador, quién estaba en el campo y quién lo vio.
  4. Haz fotos del campo, la pista, la piscina o el material.
  5. No repares el casco, las protecciones ni el equipo en cuestión.
  6. Guarda la exención de responsabilidad, los correos electrónicos de inscripción y cualquier hoja informativa sobre conmociones cerebrales que hayas firmado.
  7. Si hay alguna escuela, universidad o ciudad implicada, llama con bastante antelación, antes de que pasen seis meses.

¿CUÁNTO TIEMPO TIENES PARA PRESENTAR LA SOLICITUD?

La mayoría de las reclamaciones por daños y perjuicios en California deben presentarse en un plazo de dos años (artículo 335.1 del Código de Procedimiento Civil). En el caso de un menor, el plazo para presentar su propia reclamación no suele comenzar hasta que cumpla los 18 años (artículo 352). Las reclamaciones que usted presente en calidad de progenitor, como las relativas a los gastos médicos que haya abonado, pueden estar sujetas a un plazo más breve. El caso de las entidades públicas es diferente. Las escuelas públicas, los centros de formación profesional y los ayuntamientos suelen exigir la presentación de una reclamación por escrito en un plazo de seis meses, y el hecho de ser menor de edad no suspende dicho plazo.

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES

¿PUEDO DEMANDAR POR UNA LESIÓN DEPORTIVA EN CALIFORNIA?

A veces. No se puede presentar una demanda por los riesgos habituales de un deporte, como una entrada limpia o un golpe con el balón en la cara. Podrías tener derecho a reclamar si un entrenador, una liga, un centro educativo o unas instalaciones han añadido riesgos más allá de los propios del deporte, o si otro jugador te ha lesionado de forma intencionada o por imprudencia.

MI HIJO SIGUIÓ JUGANDO TRAS SUFRIR UN TRAUMATISMO CRANEOCEREBRAL. ¿SUPONE ESTO ALGÚN PROBLEMA LEGAL?

Es posible. California exige a los colegios y a las organizaciones deportivas juveniles que retiren a un deportista con sospecha de conmoción cerebral durante el resto de la jornada y que obtengan un certificado médico por escrito antes de que pueda reincorporarse. Si no se cumpliera esta norma, la organización podría ser responsable de los daños que se produjeran a raíz de ello.

MI HIJO HA SUFRIDO UNA LESIÓN EN UN PARTIDO DE UN COLEGIO PÚBLICO. ¿CUÁL ES EL PLAZO?

Por lo general, se dispone de seis meses para presentar una reclamación por escrito ante el distrito escolar. La norma que suspende el plazo de un menor no se aplica a las entidades públicas. En ocasiones es posible presentar una reclamación fuera de plazo en el plazo de un año, pero no cuentes con ello.

HE FIRMADO UNA RENUNCIA. ¿AÚN ASÍ PUEDO PRESENTAR UNA RECLAMACIÓN?

Es posible. Los tribunales de California suelen hacer valer las exenciones de responsabilidad en el ámbito deportivo y recreativo en casos de negligencia leve. Sin embargo, el Tribunal Supremo de California dictaminó en el caso «Ciudad de Santa Bárbara contra Tribunal Superior» (2007) que, por lo general, una exención de responsabilidad por negligencia grave futura no es ejecutable. La redacción exacta es importante, así que tráenos lo que hayas firmado.

¿CUÁNTO CUESTA CONTRATAR A LOS ABOGADOS DE GOMEZ TRIAL?

No hay que pagar nada por adelantado. Trabajamos a comisión, por lo que nuestros honorarios proceden de lo que consigamos recuperar, y no hay que pagar honorarios de abogado a menos que ganemos el caso.

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