En California dispones de dos años a partir de la fecha de la lesión para presentar una demanda por daños personales. Ese plazo se establece en el artículo 335.1 del Código de Procedimiento Civil de California y abarca la mayor parte de lo que la gente entiende por un caso de daños personales: accidentes de coche, accidentes de camión, mordeduras de perro y caídas. Si no lo cumples, el tribunal no admitirá a trámite el caso, por muy sólido que sea. No obstante, los dos años son solo el plazo por defecto. En algunas situaciones, este plazo se reduce a seis meses, y en otras se amplía considerablemente.
La norma de los dos años: artículo 335.1 del Código de Procedimiento Civil
El artículo 335.1 establece un plazo de dos años para «una demanda por agresión, lesiones físicas o daños a una persona, o por la muerte de esta, causados por la actuación ilícita o la negligencia de otra persona». Se trata de una disposición muy amplia. Establece el plazo límite para casi todos los casos de lesiones en California.
Esto abarca muchos casos. Los tribunales superiores de California admitieron a trámite 49 326 demandas civiles sin límite de indemnización por lesiones personales, daños materiales y muerte por negligencia relacionadas con vehículos de motor durante el ejercicio fiscal 2024-25, y otras 59 077 demandas en la misma categoría de lesiones personales, daños materiales y muerte por negligencia (Consejo Judicial de California, Informe de estadísticas judiciales de 2026, tablas 5c y 5d). Esas cifras corresponden a demandas judiciales, y no incluyen las reclamaciones que se resolvieron sin llegar a los tribunales.
El plazo suele comenzar a contar a partir del día en que se produjo la lesión. Si te han chocado por detrás el 4 de marzo, por lo general tendrás que presentar la demanda antes del 4 de marzo de dos años después. Una reclamación presentada por una familia tras un fallecimiento sigue su propio plazo. Consulta el plazo de prescripción por homicidio culposo.
Algunas reclamaciones que parecen diferentes siguen estando reguladas por el artículo 335.1. Una de ellas es la reclamación por mordedura de perro. El artículo 3342 del Código Civil de California establece que el propietario de un perro es responsable de una mordedura que se produzca en un lugar público o en una propiedad privada en la que la persona mordida se encontrara legalmente, independientemente de que el propietario supiera o no que el perro era peligroso. No es necesario demostrar negligencia. El plazo sigue siendo el habitual de dos años.
«Presentar una demanda» significa interponer una demanda judicial, no tramitar una reclamación al seguro.
Notificar el accidente a una compañía de seguros no afecta en absoluto al plazo de prescripción. Una reclamación al seguro no es una demanda judicial. El plazo solo se cumple cuando se presenta una demanda ante el tribunal y se abre un expediente. Llamar al perito, enviar fotos y negociar ofertas de indemnización durante dieciocho meses son acciones que mantienen en marcha el plazo de dos años.
Las aseguradoras no están obligadas a avisarte de que se acerca el plazo, y una reclamación que siga «en trámite» el día en que vence el plazo de prescripción tendrá muy poco valor a la mañana siguiente. Si las negociaciones no han concluido cuando se acerca el plazo de dos años, se interpone una demanda para proteger la reclamación. Las negociaciones para llegar a un acuerdo continúan después.
La cobertura para conductores sin seguro o con seguro insuficiente tiene su propia trampa. Según el artículo 11580.2, apartado (i), del Código de Seguros de California, no se puede presentar ninguna reclamación en virtud de dicha cobertura a menos que, en el plazo de dos años a partir de la fecha del accidente, hayas interpuesto una demanda contra el conductor sin seguro, hayas llegado a un acuerdo sobre la cantidad adeudada o hayas solicitado formalmente el arbitraje por escrito mediante correo certificado. Informar a tu propia aseguradora sobre el accidente no es suficiente. Tampoco lo es tener un expediente de reclamación abierto.
Daños al coche u otros bienes: tres años
Los daños materiales prescriben a los tres años, no a los dos. El artículo 338, apartado (c)(1), del Código de Procedimiento Civil establece un plazo de tres años para «las acciones por apropiación, retención o deterioro de bienes muebles», categoría en la que se incluyen los vehículos accidentados, los teléfonos destrozados o las herramientas dañadas. Los daños a terrenos o edificios también prescriben a los tres años, según el artículo 338, apartado (b).
Un accidente puede conllevar dos plazos. El plazo para presentar la reclamación por la fractura de muñeca vence en dos años. El plazo para presentar la reclamación por el coche siniestrado total vence en tres. Normalmente, ambas reclamaciones se presentan juntas, por lo que hay que planificar teniendo en cuenta el plazo más corto.
Demandar a un organismo municipal, comarcal o estatal: seis meses para presentar una reclamación
Si una entidad pública te ha causado daños, dispones de seis meses para presentar una reclamación administrativa. Este plazo es independiente del plazo para interponer una demanda judicial. Además, vence mucho antes. Desde fuera, este plazo no resulta nada evidente, y la gente suele enterarse de él demasiado tarde.
En virtud de la Ley de Reclamaciones contra la Administración Pública (Government Claims Act), artículo 911.2 del Código de Gobierno de California, una reclamación por fallecimiento o por daños a una persona o a bienes personales «deberá presentarse… a más tardar seis meses después de que se haya originado la causa de la acción». Seis meses. No dos años. Otros tipos de reclamaciones contra una entidad pública tienen un plazo de un año. Dicha reclamación debe presentarse directamente ante el organismo correspondiente, utilizando su propio formulario, y no ante un tribunal.
Si no se cumple el plazo de seis meses, el caso suele darse por concluido, aunque no hayan transcurrido dos años.
El artículo 911.4 del Código de Gobierno permite presentar una solicitud por escrito para obtener autorización para presentar una reclamación fuera de plazo, pero debe presentarse en un plazo razonable y, a más tardar, un año después de que surgiera la reclamación, y debe explicar el motivo del retraso. El organismo puede denegarla.
La reclamación de seis meses es un paso previo, no la demanda en sí. La demanda viene después. Una vez que el organismo rechace la reclamación por escrito, el artículo 945.6 del Código de Gobierno te concede un plazo de seis meses a partir de la fecha en que se te entregó en mano o se te envió por correo la notificación de rechazo para presentar la demanda. Si el organismo nunca envía una notificación por escrito del rechazo, dispones de dos años a partir de la fecha en que surgió la reclamación.
Un bache o la falta de una barrera de seguridad en una vía pública, una colisión con un vehículo municipal, un accidente de autobús o tranvía, o una caída en un colegio público pueden hacer que te encuentres dentro del plazo de seis meses.
Estas reclamaciones no son inusuales. El Ayuntamiento de San Diego recibió 1.557 nuevas reclamaciones por responsabilidad civil durante el ejercicio fiscal 2022, lo que supone un aumento de 144 reclamaciones, o un 10 %, con respecto al año anterior, que el Ayuntamiento atribuyó principalmente a roturas de tuberías principales, tropiezos y caídas, y daños causados por baches (Departamento de Gestión de Riesgos del Ayuntamiento de San Diego, Informe Anual de Gestión de Riesgos del ejercicio fiscal 2022). El Ayuntamiento también señala que ese año modificó la forma de contabilizar las reclamaciones, por lo que el aumento debe considerarse aproximado.
Esta cifra no es exclusiva de San Diego. El condado de Los Ángeles registró 4.248 reclamaciones en su categoría de «otra responsabilidad civil general» durante el ejercicio fiscal 2024-25, lo que supone un aumento de 583 reclamaciones, es decir, un 15,9 % con respecto al año anterior, además de 1.406 reclamaciones por responsabilidad civil de vehículos, de las cuales 173, según el condado, no estaban relacionadas con las funciones de los departamentos del condado (Oficina del Director Ejecutivo del Condado de Los Ángeles, Informe Anual de Gestión de Riesgos, ejercicio fiscal 2024-25). Reclamaciones como estas se dirigen primero al organismo, mediante el formulario propio de este. El tribunal interviene posteriormente.
Cuando el plazo comienza más tarde: la regla del descubrimiento tardío
Algunas lesiones no son evidentes el mismo día en que se producen, por lo que los tribunales de California hacen correr el plazo a partir del momento en que se descubre la lesión. Esa es la «regla del descubrimiento tardío». La guía de autoayuda de los tribunales de California lo explica con claridad: cuando una lesión no se descubre de inmediato, el plazo de prescripción comienza a correr, por lo general, a partir de la fecha en que se descubrió el problema o en que razonablemente se debería haber descubierto, lo que ocurra primero.
«Debería haberlo descubierto razonablemente» es la parte clave. No hace falta tener certeza. En cuanto se dispone de suficiente información como para que una persona razonable empezara a hacerse preguntas, el plazo ya ha comenzado a correr, aunque aún no se sepa quién es el responsable.
Niños lesionados: artículo 352 del Código de Procedimiento Civil
El plazo de dos años de un menor no suele comenzar a correr hasta que este cumple 18 años. Los abogados denominan a esto «suspensión del plazo», lo que significa que el plazo queda en suspenso. El artículo 352, apartado (a), del Código de Procedimiento Civil establece que, si la persona lesionada era menor de edad cuando surgió la reclamación, el tiempo en que se encontraba en esa situación «no forma parte del plazo establecido para la interposición de la demanda». Esa es la norma de suspensión. La misma subapartado suspende el plazo para una persona que carecía de capacidad jurídica para tomar decisiones cuando surgió el derecho de reclamación. En la práctica, un menor lesionado suele tener de plazo hasta que cumpla los veinte años. Un progenitor puede presentar la demanda en nombre del menor antes de esa fecha, y a menudo debería hacerlo, mientras aún existan testigos y documentos.
Hay una excepción importante. El artículo 352, apartado (b), establece que esta suspensión del plazo no se aplica a las reclamaciones contra una entidad pública o un funcionario público que requieran una reclamación ante la Administración. Un niño que haya sufrido lesiones en un autobús escolar o en una piscina pública sigue estando dentro del plazo de seis meses establecido por la Ley de Reclamaciones contra la Administración. No des por sentado que el caso de un niño puede esperar.
La agresión sexual y el abuso sexual infantil tienen plazos distintos y más largos
Estas reclamaciones no se rigen por la norma de los dos años, aunque a menudo se les dice lo contrario a los supervivientes. Se aplican dos disposiciones legales diferentes. Los plazos para las agresiones sexuales a adultos se rigen por el artículo 340.16 del Código de Procedimiento Civil, mientras que los relativos a las agresiones sexuales en la infancia se rigen por el artículo 340.1, que no establece ningún plazo para los abusos cometidos a partir del 1 de enero de 2024.
Otra ley de California, la AB 250, también ha reactivado algunas reclamaciones que habían prescrito. Algunas reclamaciones prescritas vuelven a estar vigentes. Si te han dicho que el plazo ha vencido, compruébalo antes de darlo por hecho. Nuestra guía sobre los plazos de prescripción de las agresiones sexuales en California recoge de forma exhaustiva los plazos actuales y el plazo de reactivación.
Plazos que este bufete no gestiona: negligencia médica
La responsabilidad por negligencia médica se rige por su propio plazo. Dicho plazo es más breve. El artículo 340.5 exige que la demanda se presente en un plazo de tres años a partir de la fecha del daño o de un año después de que el demandante descubra, o con la diligencia razonable debiera haber descubierto, el daño, lo que ocurra primero. El plazo máximo de tres años solo puede ampliarse si se demuestra la existencia de fraude, ocultación intencionada o la presencia de un objeto extraño en el cuerpo sin finalidad diagnóstica ni terapéutica. Los menores de seis años disponen de un plazo más amplio: tres años o hasta que cumplan los ocho años, lo que sea más largo.
Gomez Trial Attorneys no se ocupa de casos de negligencia médica. Se menciona esta norma aquí porque, para ofrecer una visión precisa de los plazos vigentes en California, es necesario incluirla. Ese plazo de un año para la presentación de pruebas es breve. Cualquier persona que se encuentre en esa situación debería ponerse en contacto sin demora con un bufete que se ocupe de este tipo de casos.
¿Qué ocurre si no se cumple el plazo?
La otra parte solicita al tribunal que desestime el caso, y el tribunal así lo hace. El caso termina ahí. La prescripción es una excepción que alega el demandado y, una vez que la demanda se presenta fuera de plazo, la solidez del caso en sí deja de tener importancia. La responsabilidad, las lesiones y los gastos médicos pasan a ser irrelevantes.
Las consecuencias van más allá del juzgado. Un perito que sabe que tu plazo ha vencido no tiene motivos para pagarte nada, ya que ya no tienes forma alguna de obligarle a hacerlo. En un caso por lesiones, casi todo tu poder de negociación se basa en la posibilidad de presentar una demanda.
Los tribunales reconocen, en efecto, algunas doctrinas muy específicas que pueden suspender el plazo de prescripción, incluida la suspensión equitativa. No cuentes con ellas. Se trata de excepciones que se alegan a posteriori, no de plazos con los que puedas contar a la hora de planificar.
Nadie publica las cifras de estos casos
California no facilita datos sobre el número de casos desestimados por haber prescrito. El Informe de Estadísticas Judiciales del Consejo Judicial recoge cómo ha concluido cada caso civil, utilizando categorías como «resuelto antes del juicio», «resuelto por un jurado», «resuelto por el tribunal» y «desestimado por falta de actuación procesal». No existe una categoría específica para los casos prescritos. Cualquier página que ofrezca una cifra sobre los casos de California perdidos por haber prescrito no la ha obtenido del estado.
En California existe otro tipo de desestimación por vencimiento del plazo, y es fácil confundir ambos conceptos. Una demanda presentada debe seguir su curso. Un caso que queda inactivo puede ser desestimado por falta de tramitación, en virtud de los artículos 583.310 y 583.410 del Código de Procedimiento Civil. Esa norma solo se aplica a los casos que ya se encuentran en los tribunales y no tiene nada que ver con el plazo de dos años para presentar la demanda ante los tribunales en primer lugar.
Esas desestimaciones se contabilizan. En el ejercicio fiscal 2024-25, los tribunales superiores de California desestimaron 1.017 casos civiles de responsabilidad civil ilimitada por lesiones personales, daños materiales y homicidio culposo relacionados con vehículos de motor por falta de acción procesal, frente a los 389 resueltos tras un juicio, 211 por jurado y 178 por un juez (Consejo Judicial de California, Informe de Estadísticas Judiciales de 2026, Tabla 5c). En el ejercicio fiscal 2023-24 se registraron 1.693 desestimaciones por falta de acción judicial, frente a 360 tras juicio (Informe de Estadísticas Judiciales de 2025, Tabla 5c). Ninguna de ellas es una desestimación por prescripción. Se trata de casos que se presentaron y luego quedaron estancados.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo empieza exactamente mi periodo de dos años?
Normalmente, la fecha en la que se produjo la lesión. Si no te diste cuenta de que te habías lesionado en ese momento, la norma de descubrimiento tardío puede retrasar la fecha de inicio hasta el momento en que descubriste la lesión o en el que, razonablemente, deberías haberla descubierto.
¿Se suspende el plazo de dos años mientras negocio con la compañía de seguros?
No. Solo la presentación de una demanda ante el tribunal detiene el plazo. Una reclamación abierta, una oferta de acuerdo pendiente y un perito que ha dejado de dar señales de vida hacen que el plazo siga corriendo.
Me atropelló un autobús urbano. ¿Cuánto tiempo me queda realmente?
Seis meses. Debes presentar una reclamación administrativa ante el organismo en virtud del artículo 911.2 del Código de Gobierno. Si el organismo la rechaza por escrito, el artículo 945.6 del Código de Gobierno te concede entonces un plazo de seis meses a partir de la fecha de dicha notificación para interponer una demanda. La norma de los dos años no exime del cumplimiento de los plazos en el caso de una reclamación administrativa presentada fuera de plazo.
Mi hijo ha sufrido una lesión. ¿Tenemos que presentar la reclamación ahora?
Por lo general, el plazo del propio menor queda suspendido hasta que cumpla 18 años, de conformidad con el artículo 352 del Código de Procedimiento Civil, lo que suele dejar un margen hasta los 20 años. Hay que tener en cuenta dos cosas: esa suspensión no se aplica a las reclamaciones de la Administración, y cada año resulta más difícil recabar pruebas.
¿El plazo de prescripción es diferente en el caso de una mordedura de perro?
No. Las reclamaciones por mordedura de perro se rigen por el plazo habitual de dos años establecido en el artículo 335.1 del Código de Procedimiento Civil, aunque el artículo 3342 del Código Civil de California pueda atribuir la responsabilidad al propietario sin que sea necesario demostrar que haya actuado con negligencia.
Si se acerca la fecha límite
Los plazos en los casos de lesiones en California dependen de las circunstancias concretas de cada caso, y la diferencia entre seis meses y dos años suele depender de quién fuera el propietario del vehículo o del inmueble en el que se produjo la lesión. Los detalles son los que lo determinan. Este artículo ofrece información general, no asesoramiento jurídico sobre tu situación. Si se acerca un plazo o no estás seguro de si ya ha vencido, consulta con un abogado especializado en lesiones personales los hechos del caso antes de dar nada por sentado.