
Si un conductor de USAA te ha atropellado, tu reclamación por lesiones se presenta ante USAA, no ante tu propia aseguradora. California es un estado en el que se aplica el principio de responsabilidad por culpa. El conductor que ha provocado el accidente paga a través de su póliza, y la reclamación que presentas contra dicha póliza se denomina «reclamación a terceros». Si USAA es tu propia aseguradora y presentas una reclamación en virtud de tu propia cobertura de colisión o de conductor sin seguro, se aplican unas normas diferentes.
¿A qué compañía de seguros debo presentar la reclamación?
En California, hay que presentar la reclamación ante la aseguradora del conductor que provocó el accidente. California no es un estado de responsabilidad objetiva. No existe un pago automático por parte de tu propia póliza por las lesiones causadas por otra persona. Es la aseguradora del conductor culpable la que se hace cargo de tu tratamiento médico, tu pérdida de ingresos y los daños sufridos por tu coche. La determinación de la culpa es la cuestión clave en torno a la cual gira toda la reclamación.
Si USAA asegura a ese conductor, debes presentar una reclamación a terceros. Eso solo significa una reclamación contra la póliza de otra persona. No es necesario ser socio de USAA para presentar una. La mayoría de las pólizas también exigen que se notifique a la propia aseguradora. Hazlo. Pero tu propia aseguradora no es la que pagará por tus lesiones, a menos que el conductor culpable resulte no tener seguro o tener un seguro insuficiente.
Hay ocasiones en las que presentas una reclamación en tu propia póliza de USAA. Un atropello con fuga. Un conductor sin seguro. Un accidente que has provocado tú. Esas son reclamaciones de primera parte, y en ellas se aplica tu franquicia.
Lo que la legislación de California te obliga a comunicar
California impone dos obligaciones de notificación a los conductores, y ambas tienen plazos muy breves. Ninguna de ellas tiene que ver con tu reclamación al seguro. Ninguna de ellas es opcional.
El primero es el SR-1. Según el artículo 16000 del Código de Tráfico, debes notificar al DMV cualquier accidente ocurrido en una calle o autopista en un plazo de 10 días. Esto se aplica si alguien ha resultado herido o ha fallecido, o si los daños materiales sufridos por cualquier persona superan los 1.000 dólares. El umbral de daños es bajo: basta con que se hayan dañado un parachoques y un faro. Hay una excepción muy concreta: no es necesario presentar el formulario SR-1 cuando el vehículo implicado era propiedad de un organismo público o estaba alquilado por este. Se puede presentar a través de la página web del DMV dedicada a la notificación de accidentes y, según el artículo 16004 del Código de Tráfico, el DMV está obligado a suspender el permiso de conducir de cualquier conductor que no lo presente.
La segunda opción es más rápida. El artículo 20008 del Código de Tráfico exige la presentación de un informe escrito a la Patrulla de Carreteras de California o a la policía municipal si el accidente se produjo dentro de una ciudad. Debe presentarse en un plazo de 24 horas tras cualquier accidente en el que haya habido heridos o fallecidos. No hay ninguna excepción para los accidentes que haya investigado un agente en el lugar de los hechos. Si los agentes acudieron al lugar y redactaron un informe, pregunta a ese cuerpo qué más tienes que aportar tú.
Anota el número del atestado policial antes de marcharte del lugar de los hechos. USAA te lo pedirá, al igual que cualquier abogado que revise tu caso.
¿Cómo puedo presentar una reclamación por accidente de tráfico con USAA?
USAA admite la presentación de reclamaciones de siniestros de automóvil por Internet, a través de la aplicación móvil de USAA y por teléfono, llamando al 800-531-8722. Si no eres socio y vas a presentar una reclamación contra un asegurado de USAA, debes utilizar el proceso de notificación para terceros de USAA llamando a ese mismo número.
Ten esto a mano antes de empezar:
- El nombre del conductor de USAA y el número de póliza, si los obtuviste en el lugar del accidente
- Fecha, hora y lugar del accidente
- Año, marca y modelo de cada vehículo implicado
- El número de informe policial y el cuerpo policial que acudió al lugar
- Fotografías de los vehículos, del lugar de los hechos y de cualquier lesión visible
Si no sabes la respuesta a una pregunta, di que no la sabes. Una suposición se convierte en un hecho en el expediente de la reclamación. USAA puede sacarla a relucir meses más tarde para argumentar que tuviste parte de la culpa, y retractarse de una suposición es más difícil que no haberla hecho nunca.
Cómo calcula USAA los daños sufridos por tu coche
USAA obtiene un presupuesto de una de estas tres formas.
- Un presupuesto a partir de fotos. Subes las fotos y USAA elabora el presupuesto basándose en lo que se ve en ellas.
- Una inspección sin bajar del coche en un centro de STARS. STARS son las siglas de «Streamlined Appraisal Repair Service» (Servicio Agilizado de Tasación y Reparación). Se trata de la red de talleres asociados de USAA. El taller inspecciona el coche, elabora el presupuesto y lo envía, junto con las fotos, a USAA.
- Un presupuesto de tu propio taller. USAA lo revisa y lo aprueba antes de que comiencen las reparaciones.
La ruta fotográfica es la más rápida y la menos exhaustiva. Una cámara no puede detectar un larguero del chasis doblado, un soporte del radiador agrietado ni daños en la suspensión que se oculten tras un guardabarros intacto. Cuando tu taller desmonta el coche y encuentra más problemas, eso se añade al presupuesto y la cifra aumenta. Ante cualquier percance más grave que un simple golpe en un aparcamiento, considera el primer presupuesto como una cifra inicial.
USAA no puede obligarte a acudir a su taller de reparación
Tú eliges el taller. El artículo 758.5 del Código de Seguros establece que ninguna aseguradora puede exigir que un vehículo se repare en un taller concreto. Dicho artículo define el término «reclamante» de tal forma que incluye a los reclamantes terceros, por lo que la protección te cubre aunque la póliza no sea tuya.
Pero la cosa va más allá. Una aseguradora no puede sugerir ni recomendar un taller concreto a menos que tú hayas solicitado una recomendación o se te haya comunicado por escrito que tienes derecho a elegir el que prefieras. Y si USAA te recomienda un taller de la red STARS y tú aceptas, USAA tiene la obligación de dejar el vehículo en el mismo estado en que se encontraba antes del siniestro, sin coste adicional para ti. La única situación en la que se aplica la franquicia es cuando presentas una reclamación en virtud de tu propia póliza de USAA.
Las tiendas STARS ofrecen ventajas reales: facturación directa, programación más ágil y garantía de mano de obra. Nada de eso las convierte en obligatorias, y que te recomienden una no es lo mismo que exigirte que la utilices.
Ten cuidado con lo que le digas al perito
No estás obligado a prestar declaración grabada ante la aseguradora del otro conductor. El perito que te lo pide trabaja para USAA, y una declaración tomada durante la primera semana se realiza antes de que sepas la gravedad de tus lesiones.
No hagas conjeturas sobre la velocidad. No hagas conjeturas sobre las distancias. No hagas conjeturas sobre quién tenía el semáforo a su favor. Y no digas que te encuentras bien, porque las lesiones en los tejidos blandos y las conmociones cerebrales pueden manifestarse días después de un accidente, y un «estoy bien» dicho sin pensarlo en el lugar del siniestro queda registrado en el expediente. Aquí tienes una lista más amplia de lo que no debes decirle a una compañía de seguros tras un accidente. Di lo que sabes y no digas nada más.
La misma precaución se aplica a la primera oferta. Una oferta que llegue antes de que haya finalizado tu tratamiento no puede tener en cuenta el tratamiento que aún no has recibido. Rechazar una oferta anticipada no cierra tu reclamación. Una vez que aceptes la cuantía del acuerdo, la normativa de California sobre reclamaciones justas exige que la aseguradora efectúe el pago de inmediato. El plazo máximo es de 30 días naturales a partir de la fecha en que acepte la reclamación y disponga de tu documento de exención firmado.
Los plazos que pueden poner fin a tu reclamación
En California, dispones de dos años para presentar una demanda por daños personales y de tres años para los daños materiales. El artículo 335.1 del Código de Procedimiento Civil establece el plazo para los daños personales. Este plazo comienza a contar a partir de la fecha del accidente, no a partir del día en que se paralice tu reclamación. El plazo de tres años se aplica a los daños sufridos por tu coche.
Hay un plazo mucho más corto. Si tu reclamación es contra un ayuntamiento, una provincia, un organismo estatal u otra entidad pública, el artículo 911.2 del Código de Gobierno te concede seis meses para presentar una reclamación por escrito, y no podrás interponer una demanda hasta que lo hayas hecho. Si te atropella un vehículo oficial, te encuentras en ese caso. Lo mismo ocurre si la carretera presenta condiciones peligrosas.
Una reclamación pendiente con USAA no detiene en absoluto este proceso. Hay más información sobre el plazo de prescripción de las lesiones personales en California. Si se deja pasar el plazo, ni siquiera los hechos más contundentes del mundo tendrán ya importancia.
Si el conductor que te ha chocado está asegurado por otra aseguradora, las normas de California que figuran en esta página siguen siendo aplicables. Lo que cambia es el portal, el número de teléfono y la red de talleres. El procedimiento es el mismo tanto para State Farm como para Liberty Mutual y Allstate.
¿Necesitas ayuda con una reclamación por accidente de tráfico con USAA?
No es obligatorio contratar a un abogado para presentar una reclamación contra USAA. Muchas reclamaciones por daños materiales se resuelven sin necesidad de uno.
La situación cambia cuando sufres lesiones, cuando USAA cuestiona quién causó el accidente o cuando la oferta no cubre el tratamiento que aún necesitas. Ese es el momento de llamar a un profesional. Un abogado especializado en accidentes de tráfico de California se encarga de la comunicación con el perito y evalúa la reclamación, incluyendo la asistencia médica futura, la pérdida de ingresos y el daño moral. Si la negociación no llega a ninguna parte, interpone una demanda antes de que venza el plazo.
Si se ha presentado una reclamación a USAA y no se ha recibido respuesta alguna, existen normas que establecen el plazo máximo que tiene una aseguradora para responder.
Gomez Trial Attorneys representa a clientes de California en casos de lesiones personales en todo el estado, y el importe total de las indemnizaciones obtenidas en nuestros casos supera los 1.000 millones de dólares. Si un conductor asegurado por USAA le ha causado lesiones a usted o a algún miembro de su familia, la evaluación de su caso es gratuita. No implica ningún compromiso por su parte.
Llama al 866-TRIAL-LAW (866-874-2552) o ponte en contacto con nosotros a través de nuestra página web para hablar con un abogado especializado en accidentes de tráfico de San Diego.

John Gómez
John Gómez fundó el bufete por su cuenta en 2005. En la actualidad, John ocupa el cargo de presidente y abogado principal especializado en juicios. Sus compañeros de profesión lo han elegido como uno de los diez mejores abogados litigantes de San Diego en tres ámbitos distintos: daños personales, seguros y litigios mercantiles. Desde el año 2000, ha conseguido más de 1.000 millones de dólares en acuerdos extrajudiciales y sentencias a favor de sus clientes, con más de 160 indemnizaciones distintas de un millón de dólares o más. John, un prolífico abogado litigante, ha llevado a juicio más de 60 casos distintos que han concluido con veredictos de un jurado.

